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Resoluciones actualizadas de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario
Escalas salariales generales por tipo de trabajo y categoría
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57 años de edad o 25 años de aportes en la actividad agropecuaria
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Trabajadores permanentes
Cuando la relación laboral es continua a lo largo del año.
Trabajadores temporarios
Cuando la relación laboral empieza y termina en pocos días, semanas o meses, por tareas de tipo cíclico o estacional, o por procesos temporales propios de la actividad, incluyendo las tareas en ferias y remates de hacienda, o tareas ocasionales, como un arreglo, el alambrado, una carga o descarga, etc.
Trabajadores permanentes discontinuos
Cuando la relación laboral es por un tiempo corto (días, semanas o meses), pero se repite todos los años y siempre para el mismo empleador. Se considera que es una relación laboral permanente, aunque se corte algunos meses del año y vuelva a empezar al siguiente. Si esto sucede dos años seguidos, ya se considera a un trabajador permanente discontinuo. Por lo tanto, tiene derecho a percibir su jubilación y un plus por antigüedad calculando todos esos años. El trabajador temporario, en cambio, no acumula antigüedad porque siempre trabaja para un empleador diferente.